DEFCO Defensa Fiscal del Contribuyente
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, ¿ ? : Si la plataforma tecnológica procesa los pagos de las operaciones que se realicen a través de ella, se retendrá el 50% del IVA cobrado, siempre que le proporcione su RFC a dicha plataforma, es decir, si la tasa del IVA corresponde al 16%, se efectuará la retención del 8%. : Si por la venta de biene...s, la plataforma cobró $500.00 de IVA aplicando la tasa del 16%, se efectuará una retención de $250.00, es decir, el 50% de la tasa del IVA. Si no se proporciona a la plataforma tecnológica el RFC, la retención del IVA se efectuará al 100%. : Artículo 18-J, fracción II, inciso a) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente.
. PESEI y SERINTO ofreceremos cursos teóricos prácticos de balística para cualquier persona que tenga el deseo de aprender sobre armas de... fuego y sus efectos, en dicho curso se revisar los siguientes temas: : 1.- Características de la balística forense: Interna, Externa, Trayectoria del disparo, De efectos y Trayecto. 2.- Tipos de armas de fuego de fuego por su mecanismo como: Armas cortas, Armas largas, etc. 3.- Tipos de armas de fuego por su funcionamiento: Manuales, Semiautomáticas, Automáticas y Mecánicas. 4.- Tipos de cartuchos y materiales con el que están compuestas: Casquillo, Proyectil único, Proyectiles múltiples, Componentes de los cartuchos. 5.- Balística forense investigativa: Levantamiento, Embalaje, Búsqueda de huellas, Proyectiles y casquillos. 6.- Practica en campo de tiro. El curso iniciara el 18 de Julio del 2020 hasta el 8 de Agosto del 2020 el cual tendrá un valor de $1,000.00 MXN con un total de 4 módulos por la totalidad del curso, Se otorgan un descuento del 20% a estudiantes y servidores públicos. NOTA: Favor de transferir al numero de cuenta 288 919 4975 (BANCOMER). : Calle Angel Mtz Villarreal 637, Chepevera, 64030, Monterrey Nuevo León. , favor de mandar correo electrónico o un whatsapp a los siguientes números de contacto con la siguiente información para poder empezar con el registro. : Whats app: (81) 16292397, (81) 10819323. Correo electrónico: [email protected], [email protected] . Nombre________________________ Edad:____________________________ Servidor Publico: _________________ Estudiante: ______________________ Comprobante de Deposito: (Foto)
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, , ¿ ? : Sí, debido a que se obtiene un ingreso por la prestación del servicio de transporte terrestre de pasajeros mediante una plataforma tecnológica y los ingresos derivados de dicha prestación se encuentra gravados por la Ley del ISR. : Artículo 113-A, primer párrafo de la Ley del ...ISR vigente, Artículo Segundo Transitorio, fracción III del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2019, Regla 3.11.11. y Artículo Quincuagésimo Cuarto Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. See more
El MDF Jose Raúl Galindo Ramírez hablando acerca del embargo de vehículos en un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).
, ¿ ? : La retención del ISR por los ingresos derivados de la enajenación de bienes a través de plataformas tecnológicas se efectuará aplicando la tasa que corresponda al total de los ingresos mensuales que se obtuvo por dicha actividad. Por ejemplo: Si en septiembre obtuve $2,000.00 por la venta de bienes, la plataforma digital me retendrá el 0.5% de dicho monto, e...s decir, $10.00. : Artículo 113-A, tercer párrafo, fracción III de la Ley del ISR vigente y Artículo Segundo Transitorio, fracción III del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2019.
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¿ ? Se refiriere al soporte documental que evidencia que cierta operación fue efectivamente llevada a cabo. El criterio jurisdiccional ---, señala que quien pretenda deducir o acreditar determinados conceptos con base en un comprobante fiscal debe: ... .- Contar con el comprobante fiscal que cumpla con los requisitos que establecen las leyes. .- Contar con el correspondiente Complemento(s) de Pago relacionados con el CFDI que se quiere deducir. .- Tener debidamente soportada a través de contratos y documentos, la existencia de la operación que ampara el CFDI. . . ------- ------- # : - @. - () - () - () ..
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